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Derecho Laboral · Zamora

Abogado Despido Improcedente en Zamora

Te han despedido y tienes solo 20 días hábiles para actuar. Analizamos tu caso y reclamamos la indemnización que te corresponde.

¿Te han despedido en Zamora? Actúa antes de que venza el plazo

Un despido es una de las situaciones laborales más estresantes y, al mismo tiempo, una de las que más derechos genera a favor del trabajador. El problema es que esos derechos tienen fecha de caducidad: 20 días hábiles desde la fecha del despido para presentar la papeleta de conciliación y, en su caso, la demanda ante el Juzgado de lo Social.

En ILC Abogados llevamos más de 10 años defendiendo a trabajadores de Zamora y provincia ante empresas de todos los tamaños. Analizamos tu carta de despido, te explicamos si es procedente, improcedente o nulo y te acompañamos durante todo el proceso — desde la conciliación previa hasta el juicio, si fuera necesario.

Tipos de despido que reclamamos

  • Despido disciplinario improcedenteLa empresa no ha probado los hechos que alega o no ha cumplido los requisitos formales. Indemnización: 33 días por año, máximo 24 mensualidades.
  • Despido nuloVulnera derechos fundamentales: por embarazo, baja médica, maternidad/paternidad, ejercicio de derechos sindicales o discriminación. Consecuencia: readmisión obligatoria con pago de salarios de tramitación.
  • Despido objetivo impugnadoLa empresa alega causas económicas, técnicas u organizativas pero no las acredita correctamente. Si se declara improcedente, la indemnización sube de 20 a 33 días/año.
  • Extinción del contrato por incumplimiento (art. 50 ET)Cuando la empresa incumple sus obligaciones de forma grave: impago de salarios, modificación sustancial de condiciones, acoso. El trabajador puede resolver el contrato con derecho a indemnización de 33 días/año.
  • Despido durante ERTE o baja médicaSituaciones de especial protección. El despido en estos contextos puede ser nulo o al menos improcedente según las circunstancias concretas.
  • Impugnación de ERE y despidos colectivosRepresentación de trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo, tanto en la fase de negociación como en la impugnación judicial.

¿Cuándo debes llamarnos?

📄

Acabas de recibir una carta de despido y no sabes si los motivos son reales o válidos.

✍️

La empresa te presiona para que firmes el finiquito o la baja voluntaria.

🤒

Te han despedido estando de baja médica, embarazada o en permiso de paternidad.

💶

Crees que la indemnización ofrecida es inferior a la que te corresponde.

Calcula tu indemnización estimada

Usa nuestra calculadora de indemnización por despido para obtener una estimación orientativa. También puedes consultar directamente con nosotros.

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Despido en Zamora

Respuestas claras a las dudas más habituales sobre despidos y reclamaciones laborales

El plazo es de 20 días hábiles desde la fecha del despido, sin contar sábados, domingos ni festivos. Si no actúas en ese plazo, el despido queda firme y pierdes el derecho a reclamar. Es imprescindible presentar primero la papeleta de conciliación ante el SMAC de Zamora antes de interponer la demanda judicial.

El despido improcedente ocurre cuando la empresa no justifica o no prueba la causa. La consecuencia es la indemnización de 33 días/año o, a elección de la empresa, la readmisión. El despido nulo se produce cuando vulnera derechos fundamentales (embarazo, baja médica, maternidad, derechos sindicales, discriminación). La consecuencia del nulo es la readmisión obligatoria con abono de todos los salarios no percibidos.

La indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Para calcularla se toma el salario bruto diario (incluyendo pagas extra prorrateadas y complementos salariales fijos) multiplicado por 33 y por los años de antigüedad. Los contratos anteriores a febrero de 2012 tienen un cálculo mixto que puede aumentar la cantidad.

Sí. El despido objetivo por causas económicas, técnicas u organizativas es impugnable si la empresa no acredita correctamente la causa, no cumple los requisitos formales de la carta o no pone a disposición la indemnización de 20 días en el momento del despido. Si el juez lo declara improcedente, la indemnización sube de 20 a 33 días por año.

Si el despido se produce durante una baja médica, puede ser nulo si existe indicios de que la empresa lo hace para evitar los costes de la enfermedad o si el trabajador tiene una enfermedad de larga duración equiparable a discapacidad (doctrina del TJUE). En todo caso, como mínimo será improcedente. Analiza tu situación con urgencia.

Nadie puede obligarte a firmar nada. Si firmas el finiquito, puedes hacerlo con la expresión "no conforme" manuscrita antes de tu firma, lo que preserva tu derecho a reclamar la indemnización adicional. Si firmas sin reserva y el documento incluye renuncia de acciones, puede interpretarse como aceptación. Nunca firmes documentos laborales sin consultar antes con un abogado.

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